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Subvenciones a fondo perdido para el alquiler de pisos en las siete grandes ciudades de Galicia y sus áreas de influencia

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El Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) subvenciona a fondo perdido el alquiler de viviendas -preferentemente en las siete ciudades y sus áreas de influencia- a quienes no superen en 2,5 veces el salario mínimo interprofesional (SMI). El plazo de presentación de
solicitudes terminará el 1 de diciembre del presente año.
Según la orden publicada en el DOG de 17 de febrero de 2004, la Consellería de Política Territorial, la renta máxima de alquiler deberá ser inferior a 450 euros con carácter general, salvo las excepciones que se
prevean, aplicadas con carácter restrictivo.
Los inquilinos asumirán, en todo caso, la parte de la renta de alquiler que represente el 20% de los ingresos poderados de la unidad convencional.
Por su parte, el IGVS aporta a fondo perdido la diferencia entre este coste que repercute en el inquilino y la renta máxima de alquiler subvencionable.
Para unidades de convivencia con ingresos ponderados entre 1 y 1,5 veces el salario mínimo interprofesional se considera renta máxima de alquiler subvencionable lo que represente el 50% de los ingresos ponderados de la unidad; para los comprendidos entre 1,5 y 2 veces el SMI, el 40%; y para los que estén entre 2 y 2,5 veces el SMI, el 30%.
El Programa de Bolsa de Vivenda en Alugueiro contempla la firma de convenios de colaboración con el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Galicia y con los colegicos profesionales de agentes de la propiedad inmobiliaria para la puesta a disposición de viviendas en esta iniciativa.
R.

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